Consejo Gral. FEU

Consejo General de la Federación de Estudiantes Universitarios


El consejo general es el máximo órgano de gobierno entre Congreso y Congreso Estatal de la FEU, fundamentará sus acciones en los lineamientos establecidos en el Congreso inmediato anterior y sus acuerdos serán obligatorios para todos los miembros de la Organización.

Conformación del Consejo

I. Los titulares del Comité Ejecutivo.
II. Los Representantes Generales del Alumnado de cada Centro Universitario.
III. Los Presidentes de las Sociedades de Alumnos.
IV. Los titulares de las coordinaciones establecidas en el Art. 38 y 66.
V. Los Consejeros estudiantiles ante el Consejo General Universitario y de Enseñanza Media Superior.
VI. Cuatro Consejeros por cada corriente legalmente constituida al interior de la FEU.
VII El defensor de los derechos estudiantiles


Atribuciones del Consejo General:

I. Aplicar la política aprobada en el Congreso inmediato anterior.
II. Expedir y establecer las bases de las convocatorias para la realización del Congreso Estatal y las demás actividades acordadas en su seno.
III. Nombrar las comisiones permanentes y especiales del Consejo, recibir sus informes anuales y aprobar sus dictámenes.
IV. Recibir los informes anuales de las actividades del Comité Ejecutivo, así como de los Delegados que dicho Comité haya designado para participar en actividades especiales.
V. Vigilar la buena marcha de la Organización, de su Comité Ejecutivo y de los Comités Ejecutivos de Escuelas, a través de la permanente comunicación y evaluación e implementando los mecanismos necesarios para el buen funcionamiento de estos órganos.
VI. Establecer los lineamientos que normen la actividad y los planteamientos de los representantes de la Organización ante los órganos de gobierno de la Universidad de Guadalajara y de las instituciones de educación cuyo estudiantado se incorpore a la FEU.
VII. Admitir nuevas Sociedades de Alumnos que conforme a los estatutos se incorporen a la Organización y tomarles protesta.
VIII. Ratificar los nombramientos que las Secretarías del Comité Ejecutivo hagan para ocupar cargos de jefe de departamento adscrito a su Secretaría.
IX. Nombrar tanto al titular de la Coordinación de Escuelas Preparatorias de la Zona Metropolitana de Guadalajara como al Defensor de los Derechos Estudiantiles.
X. Conocer en segunda instancia de los problemas y conflictos internos de la Organización.
XI. Afiliar a las FEU a otras organizaciones mediante la presentación de un proyecto de resolución específico: el acuerdo que se tome será ratificado por el Consejo General.
XII. Aprobar los reglamentos internos de la Organización.
XIII. Conocer las renuncias o ausencias de los miembros del Comité Ejecutivo y tomar la protesta al subsecretario correspondiente, que en este caso, tomará la titularidad de la Secretaría vacante y designará a otro subsecretario.
XIV. Conocer las faltas temporales o definitivas del Presidente. En el segundo caso, tomar protesta al vicepresidente para que funja como Presidente interino y convoque a elecciones si no se logra cubrir un año de gestión, pero si sobrepasó a un año la gestión, le tomará protesta al vicepresidente para que funja como presidente sustituto y concluya la gestión.
XV Acreditar al Presidente de la Federación de Estudiantes Universitarios como Representante General del Alumnado ante el Consejo General Universitario y al Vicepresidente como su suplente.

Integración

Al integrarse el Consejo se integrarán las Comisiones permanentes con 5 integrantes incluido el Presidente del Consejo General. Las comisiones especiales serán integradas cuando el Consejo General lo estime necesario y se formaran por los consejeros que proponga el pleno según sus necesidades. El Secretario General formará parte de todas las comisiones y fungirá como secretario técnico en ellas, el Secretario de Actas y Acuerdos fungirá como tal en las mismas y solo tendrán derecho a voz.


Las comisiones permanentes serán las siguientes:
a) La Comisión de Hacienda, que se encargará de planear y asignar las partidas presupuestarias conforme al presupuesto que señala la Secretaría de Finanzas de la Organización, así como darlas a conocer por medio de un programa anual que contenga los porcentajes de la partida presupuestal destinadas a cada actividad en específico y con detalle.
b) La Comisión de Contraloría, que tendrá amplias facultades de investigación y vigilancia sobre el ejercicio del presupuesto de la Organización, guardando la obligación de reportarlo de inmediato al Consejo General.
c) La Comisión de Educación que evaluará permanentemente la calidad académica de los programas ofrecidos por la U de G. Formulará propuestas para mejorar la labor educativa de la misma y mantendrá informado al Consejo General de las políticas públicas en materia de educación.
d) La Comisión de Vigilancia, Honor y Justicia, cuyos miembros serán designados por el Consejo General y cuya reglamentación se especifica en el Título de las disposiciones complementarias de estos estatutos.
e) La Comisión de Orientación de los Consejeros, la cual estará encabezada por los miembros del Comité Ejecutivo que el mismo designe.
f) La Comisión de Normatividad propondrá y analizará los Reglamentos que el Consejo General estime necesarios. Conocerá y analizará leyes ,Reglamentos o cualquier tipo de normatividad que afecte directa o indirectamente a la Organización y a sus miembros
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